La Comunidad Valenciana ha aboradado un cambio normativo que entrará en vigor el próximo 22 de diciembre que obligará a ofrecer productos sin gluten en las máquinas expendedoras de centros públicos. Se trata de una normativa pionera en España que ahora tiene su réplica en Italia, un país con un índice de penetración del vending mucho mayor.

La proposición de Ley se plantea por la necesidad de ofrecer más opciones a los consumidores intolerantes al gluten que encuentran verdaderos obstáculos cuando tienen que comer fuera de casa. La novedad es que no solo se ve afectada la venta automática, sino que también tendrán que incluir nuevas alternativas en su oferta los restaurantes y otros espacios de restauración.

El hecho de plantear una Ley a nivel estatal evita lo que va a suceder en la Comunidad Valenciana, obligando a su cumplimiento en todo el país y estableciendo las mismas reglas para todas las empresas. "Nuestra propuesta quiere estandarizar la posibilidad de comprar productos sin gluten también en tiendas y farmacias, con la tarjeta de salud, y planea especificar el contenido de gluten en los etiquetas, pero también capacitar a los restauradores y aquellos que trabajan en instalaciones turísticas y hoteleras. Hasta la fecha aún no es obligatorio proporcionar alimentos sin gluten en los menús. Y esto también ocurre en aeropuertos, estaciones, bares y máquinas expendedoras en hospitales, escuelas o universidades, e incluso para servicios de catering en trenes o en aviones", ha explicado la diputada Elena Murelli.

El artículo 1 recoge la necesidad de formar profesionalmente a todos los operadores que forman parte del personal sanitario, pero también a los que trabajan en restauración, turismo y hoteles. Es el artículo 3 el que recoge una declaración expresa para obligar a las expendedoras a ofertar un mínimo de productos sin gluten, dando un plazo de adaptación de 3 meses desde la aprobación normativa.

El número de personas que han desarrollado la enfermedad celíaca en Italia está aumentando constantemente, hasta el punto de que el Ministerio de Salud afirma que en 2016 había alrededor de 200 mil celíacos, pero se estiman al menos 600 mil personas no declaradas.

El objetivo de esta norma es facilitar el acceso de estas personas a alimentos y bebidas especialmente diseñados, teniendo en cuenta las necesidades que se pueden producir en determinados espacios, y por ese motivo la obligación se reduciría a las máquinas instaladas en espacios públicos.

Como sucede en España, nada se aporta en Italia sobre cómo se tienen que identificar estos productos en las máquinas, algo muy importante para el consumidor que no tiene por qué saber qué marcas o que alimentos no contienen gluten.

Por el momento, la industria del vending no se ha manifestado, pero sin duda se trata de un requerimiento que obligará a los operadoras a rediseñar su oferta para determinados espacios y buscar en el mercado formatos que se adapten a las máquinas, lo cual puede suiponer un quebradero de cabeza más para las empresas del sector, acuciadas por políticas cada vez más exigentes con la calidad alimentaria de lo que se coloca en las expendedoras.

La propuesta de ley no especifica el espacio ni el porcentaje que se debería reservar, así que podría ser viable que simplemente se incluyera alguna opción, lo que sería más sencillo y menos impactante para los operadores italianos.

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